I Introducción. Entre los medios de ejecución forzosa de que disponen las Administraciones Públicas el art. 100.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas ( LPAC ), contempla el apremio sobre el patrimonio. Dispone el art. 101.1 de la LPAC que «Si en virtud de actoDeacuerdo con el artículo 167 de la Ley 58/2003 General Tributaria, una Providencia de Apremio podrá recurrirse solo si se da alguno de los siguientes motivos de oposición: a) Extinción total de la deuda o prescripción del derecho a exigir el pago; b) Solicitud de aplazamiento, fraccionamiento o compensación en período voluntario y
Elconfirming con y sin recurso es una herramienta que te puede ayudar en la gestión de los pagos a proveedores. Es muy útil en las grandes empresas, aunque también puede servir para autónomos y
Laprimera ventaja del descuento de pagarés sin recurso es que la empresa avanza el cobro de las ventas y los servicios que realiza, sin necesidad de esperar a la fecha acordada para el cobro del pagaré con el cliente. De este modo, el negocio consigue liquidez para afrontar los gastos ordinarios del negocio y para realizar las inversiones. 315 485 492 390 386 327 437 362